


Valor que debe darse al atestado policial y las declaraciones que en la misma se contienen. Especial referencia a las declaraciones de los agentes de policía.
Valor de mera denuncia. Conforme al artículo 297 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), párrafo primero, «Los atestados que redactaren y las manifestaciones que hicieren los funcionarios de Policía judicial, a consecuencia de las averiguaciones que...