![III ¿Cómo tienen que ser los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados?: Vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor y escolta. Anexo II de la Orden de Interior INT/2573/2015, de 30 de noviembre.](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2021/08/unnamed-1080x675.jpg)
![III ¿Cómo tienen que ser los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados?: Vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor y escolta. Anexo II de la Orden de Interior INT/2573/2015, de 30 de noviembre.](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2021/08/unnamed-1080x675.jpg)
![II ¿Cómo tienen que ser los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados?: Vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor y escolta. Anexo I de la Orden de Interior INT/2573/2015, de 30 de noviembre.](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2021/08/kl-1080x675.jpg)
II ¿Cómo tienen que ser los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados?: Vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor y escolta. Anexo I de la Orden de Interior INT/2573/2015, de 30 de noviembre.
Definiciones. Compartimentos: Se entiende como tales los espacios del vehículo destinados a ser ocupados por los detenidos, presos y penados, así como aquellos destinados a ser ocupados por los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, encargados de...![¿Cómo tienen que ser los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados?: Cuestiones Generales.](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2021/08/pexels-sunyu-kim-3042058-1080x675.jpg)