Introducción.

El Título IV del Libro II del Código Penal Militar (CPM) recoge los delitos contra los deberes del servicio, que en su Capítulos I y II se refiere a los delitos de cobardía (artículos 51 a 54) y de deslealtad (artículo 55), cometidos por militares.

Según la ESTADÍSTICA DE JURISDICCIÓN MILITAR 2018 (defensa.gob.es), última que existe por el momento, en el año 2018, de los anteriores delitos hubo nueve condenas por delitos de deslealtad.

 

Delitos de Cobardía.

Desobediencia cobarde, incumplimiento cobarde y actos cobardes generadores de pánico o grave desorden

Conforme al artículo 51.1: “El militar que por temor a un riesgo personal rehusare permanecer o situarse en su puesto, lo abandonare, incumpliere la misión encomendada o realizare actos susceptibles de infundir pánico o producir grave desorden entre la propia fuerza, será castigado:

1.º Con la pena de diez a veinticinco años de prisión, cuando tuviere lugar frente al enemigo, rebeldes o sediciosos.

2.º Con la pena de cinco a quince años de prisión, cuando tuviere lugar en situación de conflicto armado o estado de sitio, fuera de las situaciones expresadas en el apartado anterior, o en circunstancias críticas”.

Si el autor del delito ejerciere mando”, el artículo 51.2 “se impondrán las penas señaladas en su mitad superior”.

 

Simulación de enfermedad en situaciones excepcionales.

Según el artículo 52: “El militar que, en situación de conflicto armado, estado de sitio o circunstancias críticas y por temor a un riesgo personal, para excusarse de su puesto o misión, simulare enfermedad o lesión, se la produjere o emplease cualquier engaño con el mismo fin, será castigado con la pena de tres años y un día a diez años de prisión”.

 

Capitulaciones indebidas por temor a un riesgo personal.

Dispone el artículo 53.1 que “El militar que, por temor a un riesgo personal, entregare, rindiere o abandonare al enemigo, rebeldes o sediciosos, establecimiento o instalación militar, puesto, buque, aeronave, fuerza u otros recursos humanos o materiales que estuviesen bajo su mando, sin haber agotado todos los medios de defensa que exijan sus deberes y obligaciones militares o las órdenes recibidas, será castigado con la pena de diez a veinte años de prisión”.

 

Capitulación con condiciones más favorables

Y el apartado 2 dice que “El militar que en la capitulación estableciere para sí condiciones más ventajosas será castigado con la pena de tres a diez años de prisión, y con la pena de prisión de seis meses a seis años si tales condiciones se estipularen en favor de otro u otros sin razón suficiente, pudiendo imponerse, además, la pena de pérdida de empleo”.

 

Violación de deberes militares legales.

Según el artículo 54, “Fuera de los casos anteriores, el militar que, por temor a un riesgo personal, violare un deber militar establecido en la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, o en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, cuya naturaleza exija afrontar el peligro y superar el miedo, será castigado con la pena de cuatro meses a cuatro años de prisión. En situación de conflicto armado o estado de sitio se impondrá la pena de prisión de uno a seis años. En ambos casos se podrá imponer, además, la pena de pérdida de empleo”.

Este precepto se refiere a la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

Delito de Deslealtad.

Conforme al artículo 55, “El militar que sobre asuntos del servicio diere a sabiendas información falsa o expidiere certificado en sentido distinto al que le constare será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión. En situación de conflicto armado o estado de sitio se impondrá la pena de prisión de tres a diez años. En todo caso se podrá imponer, además, la pena de pérdida de empleo.

En todos los supuestos previstos en este artículo, se impondrá la pena inferior en grado cuando el culpable se retractare, manifestando la verdad a tiempo de que surta efectos”.

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