La defensa, ejercida por Ricardo Agud Spillard (Escudo Legal), demuestra mediante grabaciones de viandantes que el detenido solo gritó de dolor ante la brusquedad policial y no ofreció resistencia.

El Juzgado de Instrucción nº 44 de Madrid ha dictado el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra R.G.A., quien fue detenido el pasado mes de septiembre por la Policía Municipal acusado de un delito de desobediencia y resistencia grave a la autoridad. El éxito judicial ha dependido, en gran medida, de la aparición de pruebas audiovisuales que contradicen la versión inicial del atestado policial.

 

El peso de la verdad digital

Lo que comenzó como una intervención rutinaria de agentes de paisano de la Policía Municipal en el distrito de Usera por consumo de alcohol en la vía pública, terminó con una detención violenta. El atestado original sugería una actitud desafiante y resistencia activa por parte del investigado y una negativa persistente a Identificarse, lo que motivó su detención. Sin embargo, la estrategia de defensa liderada por el letrado Ricardo Agud Spillard, de Escudo Legal, dio un vuelco al caso al presentar vídeos grabados por transeúntes que se encontraban en el lugar de los hechos.

En dichas grabaciones se observa con claridad que R.G.A. no opone resistencia ni desobedece las órdenes de los agentes. Por el contrario, las imágenes muestran cómo el detenido es levantado del suelo de forma brusca tras ser esposado, momento en el que el investigado comienza a quejarse y gritar audiblemente por el dolor que le producía la maniobra.

 

La queja por dolor no es desobediencia

Para la defensa, estas pruebas fueron determinantes para aclarar que los movimientos y exclamaciones del detenido no eran un acto de rebeldía o confrontación, sino una reacción física involuntaria ante el sufrimiento y que las actuaciones previas de identificación y la posibilidad de que R.G.A. se negara a identificarse no es delito si no viene acompañada de acometimiento o negativa violenta. El tribunal, tras analizar los elementos presentados, ha determinado que no existen indicios suficientes de criminalidad, procediendo al archivo de la causa el pasado 20 de enero de 2026.

En esta ocasión, el teléfono móvil de unos viandantes se convirtió en el testigo más imparcial, permitiendo que la magistrada del Juzgado de Instrucción nº44 de Madrid constatara que los hechos no encajaban en el tipo penal de desobediencia o resistencia grave.

Con este sobreseimiento, se reafirma la necesidad de un análisis riguroso de las pruebas frente a la presunción de veracidad policial y la importancia de que los ciudadanos graben las intervenciones policiales es vital para el Estado de Derecho. R.G.A., que se enfrentaba a posibles penas de prisión o multas considerables, queda libre de toda responsabilidad penal, cerrando un episodio que puso en entredicho la proporcionalidad de la actuación policial en aquel polémico operativo de Usera.

 

Publicado en lawandtrends: Videos de testigos desmonta la acusación de desobediencia y logra el archivo para un ciudadano en Usera (Madrid) | Penal | LawAndTrends

 

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