


El delito de difusión sin consentimiento de imágenes o grabaciones íntimas. Requisitos.
Introducción. Difundir imágenes o grabaciones sexuales o que afecten a la intimidad de una persona sin su consentimiento es delito y está recogido en el artículo 197.7° del Código Penal, que castiga dicha conducta, por desgracia, muy habitual, con una pena de tres...