![Asistencia letrada al detenido por teléfono. ¡Cuidado con lo que se habla!](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2022/11/Sin-titulo-1.jpg)
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![La Orden Europea de Protección (III): Ejecución de una orden europea de protección por la Autoridades españolas.](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2021/10/f1859d3637507e4bf650deafd442e658.jpg)
La Orden Europea de Protección (III): Ejecución de una orden europea de protección por la Autoridades españolas.
Reconocimiento inmediato. Conforme al artículo 138, apartado 1, de la LRMRPUE, “el Juez o Tribunal competente que reciba una orden europea de protección para su ejecución, tras dar audiencia al Ministerio Fiscal por plazo de tres días, la reconocerá sin dilación y...![La Orden Europea de Investigación (III): Medidas específicas de Investigación.](https://escudolegal.es/wp-content/uploads/2021/08/pexels-anthony-beck-4278035-1080x675.jpg)