El caso de la muerte del fotógrafo J.L.A. durante la celebración del llamado «rito del sapo bufo» en la casa de Nacho Vidal en 2019 ha tenido un recorrido judicial complejo.

J.L.A. murió a causa de una parada cardíaca tras inhalar la toxina del sapo bufo (Bufo Alvarius), una sustancia que contiene 5-MeO-DMT (Metilfubotenina), un potente psicodélico. La investigación también consideró la posible interacción con cocaína que el fallecido había consumido previamente.

El delito principal investigado ha sido un presunto homicidio imprudente, basándose en la supuesta imprudencia de Nacho Vidal y su prima al organizar y dirigir un ritual «irracional, temerario y muy peligroso» y por no contar con los conocimientos o medios sanitarios adecuados para una sustancia que conocía como ilícita y peligrosa. Asimismo, se investigaba a la prima del actor y a un amigo del actor ya que llamaron al 112 «veinte minutos después del desvanecimiento» de la víctima.

También se ha investigado, con un importante papel de la acusación particular, la posible comisión de un delito contra la salud pública, alegando que la toxina es una sustancia que no debía manipularse o administrarse sin control. También se investigó un posible delito de encubrimiento por parte de una tercera persona por si se hubiera alterado la escena tras el fallecimiento, mediante el borrado de pruebas de lo que había sucedido.

En un primer momento se acordó el sobreseimiento provisional de la causa. Sin embargo, la Audiencia de Valencia revocó en su momento, ordenando que se reabriera el caso y se prosiguiera contra Nacho Vidal, su prima y un amigo, al considerar que existían indicios de delito.

Tras finalizar la instrucción de la causa, la Fiscalía de Valencia ha solicitado una pena para Nacho Vidal y para su prima de cuatro años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia. La acusación particular (la familia de la víctima) eleva esta petición a siete años de cárcel, sumando el delito de homicidio imprudente y un delito contra la salud pública. En concepto de responsabilidad civil, se solicita una indemnización de 20.000 euros. Además, solicita para la tercera persona pide la pena de tres años de prisión por un delito de encubrimiento.

En resumen, el caso se centra en determinar si la actuación de Nacho Vidal y su prima al administrar la sustancia constituyó una imprudencia grave (homicidio imprudente) que causó la muerte, si la manipulación de la toxina constituye un delito contra la salud pública y si la conducta de la tercera persona constituye un delito de encubrimiento. El juicio clarificará la responsabilidad penal de los investigados, aunque existe la posibilidad de que los investigados lleguen a un acuerdo con el Ministerio Fiscal.

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