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Introducción
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dictado el 10 de enero de 2025 una sentencia significativa en el caso de T.V. contra España (demanda n.º 22512/21), concluyendo que las autoridades españolas incumplieron su obligación procesal de investigar eficazmente las denuncias de trata de seres humanos y explotación sexual. Esta decisión subraya la importancia de una investigación diligente y exhaustiva en casos tan graves, en virtud del Artículo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Antecedentes del Caso
La demandante, T.V., de nacionalidad nigeriana, alegó haber sido víctima de trata de personas desde Nigeria a España y de explotación sexual entre 2003 y 2007, comenzando a la edad de 14 años. Según su testimonio, fue forzada a la prostitución bajo el control de una conocida de la familia, C., tras un viaje organizado a España con un pasaporte adulto falsificado. T.V. sufrió abusos físicos y amenazas, incluido un «ritual vudú» que le impedía denunciar su situación. A pesar de haber pagado parte de su supuesta deuda, la familia de C. continuó acosando a su padre en Nigeria. Tras lograr escapar en 2007 y recibir asistencia de una ONG en 2010, T.V. presentó una denuncia penal en 2011.
Falta de investigación efectiva por parte de las Autoridades Españolas
La investigación interna en España fue considerada ineficaz por el TEDH. La Audiencia Provincial desestimó provisionalmente el caso de T.V., basándose principalmente en un informe de evaluación de edad que sugería que la demandante habría tenido seis años en el momento de su llegada a España, lo cual se consideró inconsistente con sus declaraciones. Sin embargo, el TEDH criticó esta interpretación, señalando que no estaba suficientemente explicada y contradecía otras pruebas que indicaban que T.V. había sido percibida como adulta por varias autoridades. Las decisiones de los tribunales nacionales fueron consideradas superficiales, insuficientemente motivadas y carentes de un análisis objetivo y exhaustivo de todas las pruebas relevantes.
Conclusión del TEDH
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que la respuesta penal en este caso fue defectuosa, lo que constituyó una violación de la obligación procesal de España bajo el Artículo 4 del Convenio. El TEDH destacó graves deficiencias en el procedimiento interno, incluyendo la falta de diligencia en las etapas iniciales de la investigación y la omisión de seguir líneas de investigación evidentes, demostrando una flagrante despreocupación por la obligación de investigar alegaciones serias de trata de personas.
Esta sentencia reitera la obligación de los Estados de llevar a cabo investigaciones efectivas y exhaustivas ante denuncias creíbles de trata de seres humanos, prestando especial atención a todas las pruebas relevantes y a la protección de las víctimas.
Publicado en lawandtrends: Sentencia del TEDH en el Caso T.V. contra España: Un llamamiento a la diligencia en la Investigación de la Trata de Personas | UE-Internacional | LawAndTrends
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