El derecho penal es el último recurso del estado para proteger los intereses de la sociedad y que debería ser la respuesta más firme, menos ideológica y más clara que tiene el Estado. Sin embargo, en España todos los vaivenes del Código Penal con forma de reformas, nada menos que dieciocho reformas del Código Penal en apenas cinco años son demasiadas, aunque algunas vengan obligadas para adaptarnos a las exigencias de la Unión Europea. Tirando de ironía y, sintiéndolo por las editoriales jurídicas, no merece la pena comprar un libro en papel del Código Penal, porque de un día para otro se modifican artículos, desaparecen o introducen nuevos, cambian la penalidad, etc. Si a ello añadimos que la Ley de Enjuiciamiento Criminal también sufre innumerables parches en su articulado, pero con artículos y expresiones del año 1882 el panorama no es muy alentador.

Y ya si se pretende ejercer el control de las decisiones judiciales por parte de lo que tanto se habla ahora, el lawfare, apaga y vámonos.

A lo que vamos. Jueces, fiscales, abogados, opositores, editoriales jurídicas, profesores, etc, continuamente pendientes del B.O.E, pendientes de cada reforma, y lo que sirve hoy, mañana puede que no sirva o sea distinto.

¿Son todas las reformas malas o innecesarias? No. Pero un Código Penal que cambia tanto en tan poco tiempo afecta, sin género de dudas, a la seguridad jurídica, máxime cuando algunas de ellas tienen un claro sesgo ideológico y vienen motivadas por razones políticas. Ejemplo de ello, son las reformas de los delitos sexuales, de la malversación de caudales públicos y de la sedición, que respondían a planteamientos políticos y no a necesidades o demandas de la sociedad en su conjunto. Además, los resultados no han sido los esperados.

Si a lo anterior, añadimos que otras reformas vienen motivadas por los titulares de prensa o por lo que se ha venido a denominar “alarma social” y que algunas de ellas adolecen de deficiencias técnicas importantes, se genera en la sociedad incredulidad, desapego y desconfianza hacia las instituciones y provocan una nueva pregunta: ¿Estamos ante un nuevo derecho penal a la carta que depende de lo que interese a un determinado partido político o de que una noticia sea más o menos difundida?

¿Continuas reformas han servido para reducir la comisión de delitos? Es verdad que del año 2019 al año 2022 los datos han fluctuado. Que cada uno saque sus propias conclusiones, pero no parece que tanto intervencionismo penal tenga resultados positivos para la sociedad en su conjunto. Estos son los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística de forma global con relación a las personas condenadas:

En 2019 fueron condenados por sentencia firme 286.931 adultos, un 0,1% más que el año anterior, y 14.112 menores, un 3,3% más.

En 2020 fueron condenados por sentencia firme 221.437 adultos, un 22,8% menos que el año anterior, y 11.238 menores, un 20,4% menos.

En el año 2021 fueron condenados por sentencia firme 282.210 adultos, un 25% más que el año anterior, y 13.595 menores, un 21% más.

En el año 2022 fueron condenados por sentencia firme 308.624 adultos, un 9,4% más que el año anterior, y 14.026 menores, un 3,2 % más que el año anterior.

Artículo publicado en www.fuentesinformadas.es : Reformas del Código Penal (fuentesinformadas.com)

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