La Audiencia Provincial de Madrid tumba una acusación por agresión sexual continuada, maltrato habitual, lesiones y amenazas continuadas al prevalecer la presunción de inocencia sobre un relato sin pruebas periféricas.

En una resolución relevante en materia de Derecho Penal y Violencia de Género, la Sección nº 26 de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado la libre absolución para R.H.S. El procesado se enfrentaba a gravísimas peticiones de condena por parte del Ministerio Fiscal y de la Acusación Particular, que solicitaban un total de 19 años de cárcel.

Un catálogo de delitos sin sustento probatorio

La acusación pública imputaba a R.H.S, cliente de Ricardo Agud Spillard, una batería de delitos de extrema gravedad: agresión sexual continuada, maltrato habitual, lesiones y amenazas continuadas. Sin embargo, la labor de defensa liderada por el letrado Ricardo Agud Spillard ha sido determinante para demostrar que la acusación carecía de la «especial contundencia» necesaria para romper la presunción de inocencia.

El tribunal, en su sentencia nº 55/2026, de 21 d enero, ha realizado un análisis exhaustivo del testimonio de la denunciante, concluyendo que no se daban los requisitos jurisprudenciales mínimos. La defensa logró poner de relieve:

  1. La falta de persistencia en la incriminación: Clave en el desarrollo del juicio oral.
  2. La ausencia de corroboraciones objetivas: A pesar de la gravedad de los delitos imputados (especialmente la agresión sexual y el maltrato habitual), no existían pruebas médicas, testificales ni periféricas que respaldaran el relato de la acusación.

El rigor de la prueba frente a la gravedad de la pena

La sentencia subraya que, ante una petición de 19 años de privación de libertad, el tribunal no puede basarse en meras sospechas o en declaraciones en instrucción no ratificadas con garantías. La Audiencia Provincial de Madrid ha aplicado el principio in dubio pro reo, recordando que la carga de la prueba incumbe exclusivamente a quien acusa.

«Lograr una absolución total frente a una petición de 19 años de prisión es la mayor satisfacción para un letrado, pues confirma que nuestro sistema de garantías procesales funciona cuando se realiza una defensa técnica rigurosa», afirma Ricardo Agud Spillard tras conocer el fallo.

Cabe informar que esta resolución no es firme, ya que, al tratarse de una sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial, las acusaciones disponen del plazo legal para interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). No obstante, la solidez de los fundamentos jurídicos de la absolución supone un obstáculo difícil de salvar para cualquier impugnación posterior.

 

Publicado en lawandtrends: De 19 años de prisión a la libre absolución: El éxito de Ricardo Agud Spillard en la Audiencia Provincial de Madrid | Penal | LawAndTrends

 

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