Introducción

 

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS) nº 648/2025, de 7 de julio (Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez) no solo ha ratificado una condena por asesinato y robo con violencia, sino que ofreció un pronunciamiento clave sobre la validez de las pruebas y, en particular, sobre los desafíos a la cadena de custodia.

 

El contexto de los hechos

El caso se originó el 3 de enero de 2021, cuando D.E.H, exesposo de J.O.A, acudió al domicilio de su exsuegra, F.E.L., donde también vivía J.A.C., hermano de esta. Bajo el pretexto de recoger unas zapatillas, D.E.H. entró a la vivienda con la intención de sustraer dinero y joyas.

Al ser sorprendido por F.E.L., D.E.H. la acuchilló con un cuchillo que llevaba oculto, causándole heridas graves y de riesgo vital. Posteriormente, y con el objetivo de asegurar su huida, atacó a J.A.C., quien estaba sentado en un sillón, asestándole seis puñaladas que le causaron la muerte. Ambos ataques fueron súbitos e inesperados, sin posibilidad de defensa para las víctimas. Tras los hechos, el acusado huyó llevándose dinero y joyas.

D.E.H. fue condenado por la Audiencia Provincial de Almería por asesinato consumado en concurso medial con robo con violencia en casa habitada y uso de armas, y por asesinato intentado con la agravante de parentesco. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En su recurso de casación ante el Tribunal Supremo, la defensa de D.E.H., entre otros motivos, denunció la infracción del derecho a la presunción de inocencia, alegando específicamente una vulneración de la cadena de custodia respecto al cuchillo utilizado en los crímenes. La defensa argumentó que el arma fue encontrada en el fregadero de la cocina del domicilio de la víctima por la hija de esta, días después de que la policía ya hubiera inspeccionado el lugar sin hallarla.

 

La respuesta del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestimó rotundamente esta alegación. La Sala analizó la cuestión y concluyó que no había existido ninguna vulneración de alcance constitucional en la cadena de custodia del cuchillo.

Para el Alto Tribunal, la sentencia de instancia ya había dado una respuesta clara a esta cuestión en su Fundamento Jurídico 3º, señalando que «aun cuando se anulara la mencionada prueba (en concreto, el hecho de que en el cuchillo apareciesen restos mezclados de ADN del acusado y del fallecido J.A.C.), en nada afectaría al veredicto y a la sentencia, que dan por probada la autoría de los hechos objeto de enjuiciamiento sobre la base de un abanico de evidencias verdaderamente contundente». Se subrayó que la autoría de los hechos estaba sólidamente probada «con cuchillo o sin cuchillo»

Más allá de la contundencia de otras pruebas, el Tribunal Supremo ofreció una explicación detallada que descartaba cualquier manipulación o ruptura en la cadena de custodia del cuchillo. Se dio credibilidad a las pruebas testificales y periciales que permitieron concluir que ese cuchillo fue el arma del delito:

Identificación del arma: J.O.A. (hija de F.E.L.) reconoció el cuchillo encontrado en el fregadero como uno que su exmarido (el acusado) tenía en la casa donde convivieron. Se trataba de un cuchillo «Erika Solingen» de 23 cm de hoja y 12 cm de mango.

Pruebas de ADN: En dicho cuchillo se obtuvieron restos mezclados de ADN del acusado y de J.A.C., según los peritos del servicio de biología de la Guardia Civil. También se encontraron restos en las zapatillas y el pantalón del acusado.

Explicación del hallazgo posterior: Los propios agentes de policía que practicaron la inspección ocular y el reportaje fotográfico del escenario del crimen manifestaron que no buscaron en la cocina, ni entraron en ella, realizando las fotografías desde fuera. Esto justificaba que el cuchillo no fuera encontrado en la primera revisión.

El Tribunal concluye que no había duda sobre la vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia en este punto. No se había producido. Fueron las pruebas personales (declaración testifical de J.O.A. y de los agentes) y el informe pericial sobre restos de ADN las que llevaron al Jurado a concluir que el cuchillo encontrado fue el instrumento del crimen.

 

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