¿Cuándo hay escalamiento en el delito de robo con fuerza?

¿Cuándo hay escalamiento en el delito de robo con fuerza?

El artículo 238, 1º del Código Penal (CP) establece que «son reos del delito de robo con fuerza» cuando concurra la circunstancia de «escalamiento», siendo castigados sus autores con la pena de prisión de uno a tres años, salvo:​ Cuando concurran otras circunstancias...
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