Índice:
En el ámbito jurídico y mediático, la expresión «pena de telediario» se refiere a las consecuencias negativas que sufre una persona investigada penalmente, incluso antes de que se celebre juicio o se dicte sentencia. Este término hace referencia al juicio paralelo que se produce en los medios de comunicación y redes sociales cuando una persona es investigada o detenida, especialmente si es figura pública.
Se trata de una pena informal, impuesta por la opinión pública a través de la exposición mediática, que puede tener un impacto significativo en la reputación y vida personal y profesional del implicado (muchos pierden sus empleos o se les cierran oportunidades profesionales y sufren estrés, ansiedad y aislamiento).
La expresión fue popularizada por periodistas y juristas para describir, por ejemplo, el fenómeno por el cual una persona aparece esposada, escoltada por agentes, sin “pixelarles” la cara e, incluso, dando nombre y apellidos, aunque a veces no hace ni falta, o simplemente mencionadas en titulares sensacionalistas antes de que se celebre el juicio.
¿Cómo afecta al proceso penal español?
En el proceso penal español esto produce, entre otras, las siguientes infracciones o vulneraciones:
Del artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: obliga a proteger la imagen, el honor y la intimidad del detenido durante su arresto y traslado.
Del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen (artículo 18 de la Constitución Española): especialmente relevante cuando se difunden imágenes sin consentimiento.
Del derecho a la presunción de inocencia (artículo 24.2 de la Constitución Española): vulnerada cuando los medios presentan al investigado como culpable antes de juicio.
Otra cosa es su aceptación por los Tribunales. Es por ello, por lo que algunos juristas sugieren incluir mecanismos de reparación para quienes hayan sido absueltos tras sufrir una exposición mediática injusta.
El rol de los medios y la comunicación de litigios
Los medios tienen el deber de informar, pero también la responsabilidad de no prejuzgar. En este contexto, ha surgido, especialmente en los países anglosajones, la comunicación de litigios, una disciplina que asesora a los investigados sobre cómo gestionar su reputación durante el proceso penal.
¿Es posible evitarla?
Jueces y periodistas han debatido sobre cómo evitar esta pena sin lesionar el derecho a la información. La clave está en equilibrar la libertad de prensa con la protección de derechos fundamentales. Algunas propuestas incluyen:
Limitar la difusión de imágenes de detenidos.
Sancionar la publicación de datos sensibles sin autorización.
Fomentar la formación ética en periodismo judicial.
La relación con la filtración de sumarios
La filtración de sumarios en el proceso penal y la «pena de telediario» están estrechamente relacionadas. De hecho, la primera es la principal causa de la segunda. La exposición mediática que sufre un investigado, con la consiguiente estigmatización y perjuicio, se debe en gran medida a que los medios de comunicación tienen acceso a información reservada del proceso.
Las filtraciones, por tanto, son el instrumento que posibilita la «pena de telediario», ya que exponen al público datos que deberían permanecer en secreto. Esta exposición mediática no solo afecta a los derechos fundamentales del investigado, sino que también puede perjudicar la imparcialidad del proceso judicial.
Casos mediáticos y el caso Malaya
Recientemente, figuras públicas como Íñigo Errejón o Nacho Cano han sido protagonistas de procedimientos judiciales con gran cobertura mediática. Anteriormente Dolores Vázquez o el del expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell (que además llevó aparejada prisión), que sufrieron un gran escrutinio mediático y posteriormente fueron absueltos, son ejemplos emblemáticos de cómo la «pena de telediario» puede destruir la vida de una persona, incluso cuando la justicia demuestra su inocencia. En todos ellos, tanto acusados como víctimas han sufrido el escrutinio público y el escarnio.
Un ejemplo relevante de cómo los letrados trataron de utilizar la exposición mediática para influir en la defensa legal de un acusado se dio en el caso Malaya, una macrocausa de corrupción en la que se investigó a numerosos políticos y empresarios. En este caso, algunos de los imputados solicitaron que se les aplicara una atenuante analógica.
Una de las particularidades de este caso fue la gran cobertura mediática que recibió. Las detenciones y la posterior evolución del proceso fueron ampliamente televisadas y comentadas, lo que para muchos imputados supuso una «pena de telediario». Este impacto mediático, sumado a la larga duración del proceso, fue un factor utilizado por las defensas para argumentar que ya habían sufrido un castigo por el simple hecho de ser juzgados, lo que debería ser compensado con una reducción en la pena. No se les concedió.
Conclusión
La “pena de telediario” plantea un dilema entre el derecho a la información y la protección de la dignidad humana. En un mundo hiperconectado, donde la reputación puede destruirse en segundos, el sistema penal debe adaptarse para garantizar que la justicia no se administre en platós televisivos, sino en los tribunales.
Publicado en lawandtrends: La «pena de telediario» o el escarnio público televisado | Penal | LawAndTrends
Si necesita asesoramiento o defensa en cualquier asunto penal, no dude en consultarnos a través de cualquiera de las formas de contacto con #escudolegal https://escudolegal.es/contacto/